Cuando firmamos una hipoteca con una entidad bancaria es normal que condicionen la concesión del préstamo a que tengamos un seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida. Así se aseguran de que recuperarán su dinero también en caso de muerte o invalidez del titular de la hipoteca. Pero una vez hecho este trámite, podemos desvincular el seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida de la hipoteca. Y estamos en nuestro derecho.
El banco no te puede obligar a hacerte un seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida. La ley lo dice. La Directiva europea de 4 de febrero de 2014, en su artículo 12.1 señala que «los Estados miembros autorizarán las prácticas de ventas combinadas, pero prohibirán las prácticas de ventas vinculadas». Esto es, tu banco te puede ofrecer lo que quiera, pero tú no estás obligado a aceptarlo.
Y en el mismo artículo, punto 12 añade: «Los Estados miembros podrán permitir a los prestamistas que exijan al consumidor suscribir una pólizaEs el documento donde se explicitan los derechos y deberes d de seguros pertinente en relación con el contrato de crédito. En estos casos, los Estados miembros velarán por que el prestamista acepte la pólizaEs el documento donde se explicitan los derechos y deberes d de seguros de un proveedor distinto de su proveedor favorito cuando dicha pólizaEs el documento donde se explicitan los derechos y deberes d posea un nivel de garantíaCompromiso de la aseguradora por el que se hace cargo, de ac equivalente al nivel que haya propuesto el prestamista».
Un seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida hipotecario te garantiza que las personas que te importan, tu pareja, tus hijos, tus padres…, van a seguir viviendo en vuestro hogarLugar en el que una persona reside de forma permanente y que y sin tener que hacer frente a la mensualidad de la hipoteca, porque la va a pagar la compañía de segurosEmpresa con una actividad económica fundamental: cubrir det con la que hayas firmado tu seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida hipotecario.
Que tu banco no te líe
El banco te va a ofrecer un descuento en el interés de tu hipoteca o en el diferencial si contratas el seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida hipoteca con ellos. Como podrás suponer no lo hace por generosidad, sino porque les conviene. Ellos ganan dinero vendiendo seguros con la compañía con la que trabajen.
Si te interesa, puedes conseguir tu hipoteca con el banco que más te convenga y hacer tu seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida hipoteca con la entidad que el banco te proponga. Pero solo si te interesa. Si cambias de opinión, la Ley de 8 de octubre de 1980 de Contrato de SeguroEs aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cob ampara tu derecho a la devolución. En su artículo 83. a) dice que «el tomadorAquel que contrata un seguro, sea para sí mismo o por cuent del seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: en un contrato de seguroEs aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cob individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un terceroPersona que no es ninguna de las dos o más de quienes se tr tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la pólizaEs el documento donde se explicitan los derechos y deberes d o documento de cobertura provisional».
Desvincular el seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida de la hipoteca
Igual que puedes vincular un seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida que ya tenías a una hipoteca que firmes, puedes desvincular tu seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: de vida de la hipoteca que ya tengas. Es fácil y vas a ahorrarte bastante dinero cada año.
Antes de 30 días
Para ello, según la ley citada de Contrato del SeguroActividad económica y financiera con un objetivo principal:, antes de 30 días tienes que comunicar a tu banco mediante un burofax que ya no quieres ese seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal:, sin más explicación, y puedes pedir la devolución de la primaRemuneración económica que recibe la aseguradora para hace que hayas pagado. En el texto deberás indicar que te acoges a tu derecho de desistimiento unilateral, amparado por el artículo 83 de la Ley de Contrato del SeguroActividad económica y financiera con un objetivo principal:, y que quieres que te devuelvan importe pagado, del que podrán descontar los días transcurridos.
Lo normal es que te hagan caso, porque lo dice la ley. Pero si no fuera así, puedes dirigirte al servicio de reclamaciones del Banco de España.
Después del primer mes
Si ya han pasado los 30 días, espera ese año que ya tienes cubierto y después, un mes antes de la fecha de renovación, solicita la cancelación.
Pasados varios años
Sea cual sea tu caso, deberás dirigirte a tu banco para que te dé el permiso de cancelación. A cambio, te pedirá un nuevo seguroActividad económica y financiera con un objetivo principal: en el que él sea beneficiario como garantíaCompromiso de la aseguradora por el que se hace cargo, de ac de la devolución del dinero prestado.