9 de mayo de 2017

¿Cuáles son los seguros obligatorios en España?

Cuáles son los seguros obligatorios en EspañaEn España existen unos 600 seguros de contratación obligatoria pero no todos los ciudadanos están obligados a suscribirlos. Mientras que la obligación de contratar algunos como el de Coche o Moto es de carácter nacional hay otros cuya aplicación se restringe al ámbito autonómico.

Los principales seguros obligatorios en España son:

- Seguro de Auto
- Seguro de Hogar
- Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV)
- Seguro para Perros Potencialmente Peligrosos (PPP)
- Seguro de Drones
- Seguro de Caza
- Seguro Decenal

Auto, el seguro obligatorio por antonomasia

Coches, motos, furgonetas, autobuses, camiones… Todos los vehículos a motor con su estacionamiento habitual en España tienen que estar cubiertos, como mínimo, con el seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria, tal y como recoge la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Ahora bien, un seguro de Coche puede ir más allá de la cobertura básica de RC exigida por la ley. En el mercado asegurador encontrar una póliza sólo con esta garantía es algo complicado. Y es que los seguros más sencillos suelen incluir otras garantías como la RC voluntaria, el seguro del Conductor, defensa jurídica y reclamación de daños e incluso asistencia en carretera.

Además, existe la posibilidad de ampliar un seguro de Coche hasta convertirlo en un Todo Riesgo que contemple la reparación del vehículo cuando ha sido su conductor el responsable de los daños hasta una indemnización por siniestros como el robo o el incendio.

Consecuencias de no asegurar un vehículo

Circular sin un seguro en vigor tiene consecuencias. Carecer de él puede dar lugar a la inmovilización del vehículo y a una sanción económica de entre 601 y 3.005 euros.

Por ello, y pese a no ser obligatorio, es recomendable llevar en la guantera la documentación que demuestre que el vehículo cuenta con la cobertura obligatoria de responsabilidad civil. Para que en caso de siniestro o control policial se agilicen los trámites relacionados con el seguro.

Seguro de Hogar en viviendas hipotecadas

Contratar un seguro de Hogar sólo es obligatorio si la vivienda está hipotecada. Con este bien ocurre algo similar que con los automóviles. Aunque la legislación sólo exige la contratación de la cobertura de incendios es muy recomendable suscribir una póliza más completa que incluya coberturas como la de responsabilidad civil (inmobiliaria y familiar) y que cubra el contenido y el continente de la vivienda.

Los siniestros que pueden ocurrir en un inmueble son muchos. Desde los más comunes como son los daños relacionados con el agua o la electricidad hasta otros como los robos (dentro y fuera del domicilio asegurado), las roturas o la avería de electrodomésticos.

El seguro de Hogar puede ser el instrumento al que acudir en busca de ayuda no sólo cuando se sufre un siniestro dentro de casa sino, en muchas ocasiones, cuando éste ocurre fuera del domicilio asegurado. Las coberturas que puede contener un seguro de Hogar Multirriesgo son tan curiosas que en torno a 13 millones de propietarios desconocen cuáles tienen contratadas.

Directiva Europea de Hipotecas

Desde la entrada en vigor de la primera Directiva Europea de Hipotecas las entidades bancarias no pueden condicionar la concesión de un préstamo a la contratación de otros productos como es el caso del seguro de Hogar.

Los usuarios tienen la libertad de comparar pólizas en el mercado y contratar aquella que mejor respuesta dé a sus necesidades. La ley va más allá, y permite a los que tengan su seguro contratado con el banco desvincularlo de la hipoteca. El problema con el que se encuentran algunos es que no saben que pueden hacerlo o cómo es el proceso para ello.

Viajeros asegurados con el SOV

Las personas que viajen en un vehículo automóvil de 9 o más plazas destinado al transporte de viajeros que realicen trayectos vía terrestre urbana o interurbana están aseguradas por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV).

La obligatoriedad de la contratación de este seguro está contemplada en el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre. En él se establecen los trasportes que están obligados a contar con este tipo de protección, las personas que están aseguradas así como los riesgos cubiertos.

La ley específica que las personas que estarán cubiertas por el SOV son aquellas que tengan un billete, ya sea gratuito o de pago, así como lo menores de edad que estén exentos de la compra de un billete, es decir, aquellos que tengan permitido viajar gratis.

El seguro contempla los daños derivados de los accidentes que sufran los pasajeros no sólo durante el trayecto sino también los que tengan lugar antes de que comience y los sucedidos inmediatamente después de que finalice. De esta forma, los viajeros estarían cubiertos en situaciones tan habituales como la de caerse al subir o bajar de un autobús o sufrir un pequeño accidente en el momento de entrega del equipaje.

Mascotas, ¿cuáles hay que asegurar?

A finales de los años 90 vio la luz la primera ley que regulaba la tenencia de animales considerados “peligrosos” y la seguridad de los ciudadanos. La ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos establece qué razas tienen la obligación de contar con una póliza y en qué términos.

Aunque existe una legislación a nivel nacional que regula la tenencia y adiestramiento de los perros potencialmente peligrosos (PPP) hay algunas Comunidades Autónomas que la han desarrollado y, por ejemplo, han ampliado el número de razas consideradas potencialmente peligrosas o han establecido la obligación de asegurar todos los perros como ocurre en Madrid y País Vasco.

Los perros potencialmente peligrosos tienen legislación específica y la amenaza que pueden entrañar obliga a sus dueños a contratar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles daños que puedan ocasionar a un tercero. De hecho, para poder obtener la licencia de tenencia del animal es necesario acreditar estar en posesión de una póliza con una cobertura superior a los 120.000 euros. En cuanto a los animales que no son considerados peligrosos, la contratación de una póliza específica no es la única forma de asegurarlos. Otra vía es la de incluirlos en el seguro de Hogar. Hay compañías que las cubren de manera gratuita contemplándolas en la RC familiar, mientras que otras solicitan un pequeño pago adicional.

Drones, el seguro de moda

Los drones se han convertido en el regalo estrella de los últimos meses. Estas aeronaves no tripuladas cada vez son más accesibles y tienen más usos. En el mercado existe un gran número de modelos que han encontrado su hueco en el mercado ya que cada uno de ellos puede ir dirigido a un usuario distinto.

Las diferencias existentes entre unos drones y otros pueden ser importantes pero si hay algo que tienen todos en común es la obligación de contar con un seguro específico de responsabilidad civil. Esta exigencia viene recogida en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En este documento se detallan aspectos como sobre quien recae la obligación de contratación o la cuantía mínima de la cobertura obligatoria de responsabilidad civil.

Seguro de Caza

El seguro de Caza es la póliza de Responsabilidad Civil específica más contratada en España. Este tipo de seguro representa el 40% de los contratos, según Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones (ICEA).

La Ley 1/1970 de Caza y su Reglamento establece el deber “de todo cazador” de tener contratado un seguro para cubrir su obligación de indemnizar por los daños causados a las personas durante el ejercicio de la caza.

De hecho, para poder obtener una licencia de caza es obligatorio acreditar que se está en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil que protege al asegurado de las reclamaciones de daños que pueda hacerle un tercero. El ámbito de cobertura se aplica sólo a los daños corporales que causen tanto el tomador del seguro como los ocasionados por los perros (2 como máximo).

Los seguros de Caza pueden ofrecer muchas más coberturas además de la responsabilidad civil obligatoria. Estas pólizas pueden cubrir desde los accidentes personales que puedan sufrir el cazador o el perro de caza hasta la pérdida o robo del arma.

Además, en algunas compañías existe la posibilidad de ampliar el ámbito territorial de algunas coberturas lo que permitiría al cazador estar protegido durante la práctica de la actividad en el extranjero.

Seguro Decenal, una garantía de 10 años

Hay seguros que van incluidos con el bien o servicio que se adquiere y algunos usuarios no saben que cuenta con él. Un ejemplo son los inmuebles. Los promotores de una edificación están obligados a contratar un seguro Decenal que cubre durante un periodo de 10 años (a partir de la fecha de construcción) los desperfectos estructurales que pueda sufrir éste.

Si no se acredita la existencia de este producto no es posible inscribir las escrituras públicas de una obra nueva en el Registro de la Propiedad. Este caso es algo parecido a lo que ocurre con la obtención de una licencia de caza o de tenencia de un PPP, si no hay un seguro en vigor no es posible obtenerla.

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